Modelo 720
Recuerde que hasta el próximo 31 de marzo debe presentarse el modelo 720 (Declaración Informativa. Declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero) correspondiente al año 2020. A estos efectos, recuerde que:
Están obligados a presentar esta declaración las personas que en 2020 tenían cuentas bancarias (por ejemplo, un depósito), valores (por ejemplo, acciones o fondos de inversión) o inmuebles en el extranjero valorados en más de 50.000 euros.
Si un contribuyente ya presentó el modelo 720 el año pasado o en años anteriores, sólo deberá volver a presentarlo si el valor conjunto de alguno de sus grupos de bienes (cuentas, valores o inmuebles) ha aumentado en más de 20.000 euros respecto al que informó en su última declaración, o si ha dejado de ser titular o autorizado de alguno de los bienes declarados.
Pulse aquí para acceder a un apartado de ayuda que la Agencia Tributaria ha habilitado en su página web, desde el que podrá presentar dicho modelo, aportar documentación complementaria y obtener más información sobre cómo presentarlo y declarar los diferentes bienes.
Nuestros profesionales analizarán su situación patrimonial y verificarán si está obligado a presentar la declaración modelo 720, sobre bienes y derechos situados en el extranjero.